¿Qué es el Certificado ITSE?
Guía Informativa
Requisitos, plazos, licencia de funcionamiento, Matriz de Riesgos, renovación, clausura municipal.
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¿Qué es el Certificado ITSE y para qué sirve?
El Certificado ITSE es el documento emitido por la Municipalidad que acredita que un establecimiento cumple condiciones de seguridad en edificaciones para desarrollar una actividad económica. En el Perú constituye un requisito vinculado a la licencia de funcionamiento.
ITSE es la sigla de Inspección Técnica de Seguridad en Edificaciones, y el documento se denomina Certificado de Inspección Técnica de Seguridad en Edificaciones. En el uso cotidiano todavía se le llama certificado de defensa civil, defensa civil ITSE o certificado de seguridad, aunque la denominación técnica vigente es Certificado ITSE.
La ITSE permite evaluar el riesgo, verificar las condiciones de seguridad del establecimiento y determinar si la inspección corresponde antes o después del otorgamiento de la licencia de funcionamiento, según el nivel de riesgo aplicable.
Esta guía explica qué es el Certificado ITSE, quién lo necesita, cuáles son sus requisitos, cómo se relaciona con la licencia de funcionamiento, cómo se determina el nivel de riesgo, qué funciones contiene la Matriz de Riesgos, cuáles son los plazos del procedimiento, qué se verifica durante la inspección, cuándo se renueva y qué consecuencias existen si un establecimiento opera sin certificado vigente.
Base normativa: esta guía se desarrolla con base en la normativa peruana aplicable: el Reglamento de ITSE, el Manual de Ejecución ITSE, la Matriz de Riesgos, el TUO de la Ley 28976, la Ley 31914 sobre clausura de establecimientos y los formatos aplicables a la inspección.
Alcance de esta guía
Esta guía desarrolla el Certificado ITSE para establecimientos sujetos a licencia de funcionamiento.
Los supuestos especiales de establecimientos que no requieren licencia de funcionamiento tienen reglas específicas previstas en la normativa ITSE y no se desarrollan en esta página.
Certificado ITSE y licencia de funcionamiento
El Certificado ITSE y la licencia de funcionamiento no son el mismo documento. Están vinculados, pero cumplen funciones distintas dentro del marco municipal.
La licencia de funcionamiento autoriza el desarrollo de una actividad económica en un establecimiento determinado. El Certificado ITSE acredita que el establecimiento cumple condiciones de seguridad en edificaciones para esa actividad.
| Aspecto | Certificado ITSE | Licencia de funcionamiento |
|---|---|---|
| Qué es | Documento que acredita que el establecimiento cumple condiciones de seguridad en edificaciones. | Autorización municipal para desarrollar una actividad económica en un establecimiento determinado. |
| Finalidad | Verificar condiciones de seguridad vinculadas a la edificación, actividad, instalaciones y nivel de riesgo. | Habilitar legalmente el funcionamiento del giro o actividad económica en el local declarado. |
| Vigencia | Dos años desde su expedición. | Duración indeterminada, salvo supuestos específicos de licencia temporal. |
Quién necesita Certificado ITSE
Están obligados a obtener el Certificado ITSE los administrados a cargo de establecimientos objeto de inspección que requieren licencia de funcionamiento.
El establecimiento es el inmueble, parte del inmueble o instalación determinada donde se desarrollan actividades económicas. Por eso, la necesidad del Certificado ITSE se define por la actividad, la implementación, la ubicación, el uso, el área ocupada, los sistemas instalados y el nivel de riesgo determinado por la Matriz de Riesgos, no por el tamaño del local.
Entre los establecimientos sujetos a ITSE se encuentran:
- oficinas administrativas;
- almacenes techados y no techados;
- establecimientos industriales;
- locales comerciales;
- restaurantes, galerías, mercados, supermercados y centros comerciales;
- centros educativos;
- establecimientos de salud;
- hoteles, hostales y otros establecimientos de hospedaje;
- locales de reunión, espectáculos, culto, entretenimiento o concentración de personas;
- edificaciones de uso mixto cuando corresponde evaluar áreas comunes o unidades independientes.
Quién emite el Certificado ITSE
El Certificado ITSE lo emite la Municipalidad donde se ubica el establecimiento, que es el Órgano Ejecutante.
La Municipalidad Distrital es competente dentro de su jurisdicción para establecimientos que requieren licencia de funcionamiento. La Municipalidad Provincial y la Municipalidad Metropolitana de Lima ejercen competencia en el Cercado y en los supuestos previstos por la normativa.
En el Perú, la Municipalidad competente depende de la ubicación del local. Un establecimiento ubicado en San Isidro, Ate, Callao, Miraflores, San Juan de Lurigancho, La Victoria o cualquier otro distrito debe atender el procedimiento ante la Municipalidad que corresponde por territorio.
Requisitos del Certificado ITSE según nivel de riesgo
Los requisitos del Certificado ITSE se determinan según el nivel de riesgo del establecimiento, la actividad económica, la implementación del local, los sistemas instalados y el tipo de procedimiento aplicable.
Requisitos para Certificado ITSE de riesgo bajo o medio
El Certificado ITSE de riesgo bajo o medio corresponde a establecimientos cuya inspección se realiza después del otorgamiento de la licencia de funcionamiento.
En este supuesto, los requisitos vinculados a la ITSE son:
- Solicitud de licencia de funcionamiento, en la cual debe consignarse la clasificación del nivel de riesgo correspondiente al establecimiento.
- Información del establecimiento para determinar el nivel de riesgo, proporcionada por el solicitante en el formato correspondiente.
- Reporte del nivel de riesgo, elaborado por la persona autorizada del Gobierno Local aplicando la Matriz de Riesgos y adjunto a la solicitud.
- Declaración Jurada de Cumplimiento de Condiciones de Seguridad en la Edificación, adjunta a la solicitud de licencia de funcionamiento.
En este supuesto, la Municipalidad otorga la licencia de funcionamiento y luego ejecuta la inspección para verificar las condiciones de seguridad declaradas.
El mismo trámite aplica a los módulos, stands o puestos cuyo mercado de abastos, galería comercial o centro comercial cuenta con licencia de funcionamiento corporativa: cada módulo presenta la Declaración Jurada y pasa una ITSE individual, posterior al otorgamiento de esa licencia. La Matriz de Riesgos los clasifica como riesgo medio.
Requisitos para Certificado ITSE de riesgo alto o muy alto
El Certificado ITSE de riesgo alto o muy alto corresponde a establecimientos cuya inspección se realiza antes del otorgamiento de la licencia de funcionamiento.
La solicitud de licencia de funcionamiento debe consignar la clasificación del nivel de riesgo correspondiente al establecimiento. Esa clasificación se efectúa aplicando la Matriz de Riesgos con la información proporcionada por el solicitante. El reporte del nivel de riesgo debe adjuntarse a la solicitud.
El administrado debe presentar también los siguientes documentos técnicos, en copia simple y firmados por el profesional o empresa responsable cuando corresponda:
- Croquis de ubicación. Debe consignar la ubicación del establecimiento, indicando calle, avenida, pasaje o jirón con numeración exacta, e incluir referencias de ubicación cuando sean necesarias.
- Plano de arquitectura de la distribución existente y detalle de cálculo de aforo. Debe incluir plantas físicas del establecimiento, distribución de ambientes, uso, nombres y disposición del mobiliario, ancho de puertas, pasajes, pasillos y escaleras, cotas y textos legibles de ambientes y áreas de seguridad o refugio, niveles de piso y techo terminado, y cuadro de áreas con área de terreno, área libre, área techada y área ocupada por piso y total. El plano y el cálculo de aforo deben estar firmados por arquitecto colegiado y habilitado.
- Plano de distribución de tableros eléctricos, diagramas unifilares y cuadro de cargas. Debe consignar ubicación de tableros eléctricos, pozos a tierra identificados individualmente, diagramas unifilares de los tableros y cuadro de cargas. Debe estar firmado por ingeniero electricista o mecánico electricista colegiado y habilitado.
- Certificado vigente de medición de resistencia del sistema de puesta a tierra. El certificado debe estar firmado por ingeniero electricista o mecánico electricista colegiado y habilitado.
- Plan de Seguridad del Establecimiento Objeto de Inspección. Debe contener procedimientos específicos para planificar, preparar y organizar acciones frente a una emergencia. Incluye directivas, planos de señalización y rutas de evacuación, cálculo del tiempo de evacuación, organización del Comité de Seguridad y brigadas, funciones, cronogramas de capacitación y entrenamiento, declaración jurada de capacitación y entrenamiento en primeros auxilios, uso de extintores y sistemas de protección contra incendios a base de agua cuando corresponda, procedimientos de evacuación y otros necesarios según los riesgos existentes.
- Memorias o protocolos de pruebas de operatividad y/o mantenimiento de los equipos de seguridad y protección contra incendios. Se presentan según los sistemas existentes o exigibles en el establecimiento.
El Plan de Seguridad debe estar firmado en todas sus hojas por el propietario, conductor o administrador y por el jefe de seguridad o persona responsable de la seguridad del establecimiento. Los planos de señalización y rutas de evacuación deben estar firmados por arquitecto colegiado y habilitado.
Memorias y protocolos exigibles según sistemas instalados
Las memorias o protocolos de pruebas de operatividad y/o mantenimiento se presentan según los equipos y sistemas existentes o exigibles en el establecimiento. Comprenden, cuando corresponde:
- Memoria del sistema de detección y alarma de incendios, con sustento de cantidad y ubicación de detectores, e incluyendo protocolo de pruebas de operatividad y/o mantenimiento.
- Memoria de extintores, con sustento de cantidad, ubicación y tipo de extintores instalados, e incluyendo protocolos de pruebas de operatividad y/o mantenimiento.
- Protocolo de pruebas de operatividad y/o mantenimiento del sistema de rociadores.
- Protocolo de pruebas de operatividad y/o mantenimiento del sistema de agua pulverizada.
- Protocolo de pruebas de operatividad y/o mantenimiento del sistema de redes principales de protección contra incendios enterradas, en fábricas, almacenes u otros establecimientos que cuenten con dicho sistema.
- Protocolo de pruebas de operatividad y/o mantenimiento del sistema de montantes y gabinetes de agua contra incendio.
- Protocolo de pruebas de operatividad y/o mantenimiento de bombas de agua contra incendios.
- Protocolo de pruebas de operatividad y/o mantenimiento de luces de emergencia.
- Protocolo de pruebas de operatividad y/o mantenimiento de puertas cortafuego y sus dispositivos, como marcos, bisagras, cierrapuertas, manija, cerradura o barra antipánico.
- Protocolo de pruebas de operatividad y/o mantenimiento del sistema de administración de humos.
- Protocolo de pruebas de operatividad y/o mantenimiento del sistema de presurización de escaleras de evacuación.
- Protocolo de pruebas de operatividad y/o mantenimiento del sistema mecánico de extracción de monóxido de carbono.
- Protocolo de pruebas de operatividad y/o mantenimiento del teléfono de emergencia en ascensor.
- Protocolo de pruebas de operatividad y/o mantenimiento del teléfono de Bomberos.
Los criterios para evaluar la operatividad y el mantenimiento de estos equipos y sistemas se desarrollan en el Manual de Ejecución ITSE.
Nota técnica: el croquis de ubicación y los planos de arquitectura y de tableros eléctricos no son exigibles cuando la edificación cuenta con conformidad de obra, no ha sufrido modificaciones y esos documentos fueron presentados a la Municipalidad durante los cinco (5) años anteriores inmediatos. Si el establecimiento sufrió modificaciones, la exención no aplica y los planos se presentan actualizados.
Requisitos para renovación del Certificado ITSE
Para renovar el Certificado ITSE, el administrado presenta:
- Solicitud de renovación.
- Pago de la tasa correspondiente.
- Declaración Jurada según formato Anexo 5 del Manual, en la que manifiesta que mantiene las condiciones de seguridad que sustentaron el otorgamiento del Certificado ITSE.
Resumen de requisitos del Certificado ITSE
| Supuesto | Momento de la inspección | Requisitos principales |
|---|---|---|
| Riesgo bajo o medio | Después del otorgamiento de la licencia de funcionamiento | Solicitud de licencia, información para clasificación de riesgo, reporte de nivel de riesgo y Declaración Jurada de Cumplimiento de Condiciones de Seguridad. |
| Riesgo alto o muy alto | Antes del otorgamiento de la licencia de funcionamiento | Solicitud de licencia, clasificación y reporte de riesgo, croquis, planos, puesta a tierra, Plan de Seguridad y memorias o protocolos de sistemas de seguridad. |
| Módulos, stands o puestos con licencia corporativa | Después del otorgamiento de la licencia corporativa | Declaración Jurada de Cumplimiento de Condiciones de Seguridad. |
| Renovación | Según nivel de riesgo | Solicitud, pago de tasa y Declaración Jurada Anexo 5 de mantenimiento de condiciones de seguridad. |
Plazos del Certificado ITSE
Los plazos del Certificado ITSE dependen del nivel de riesgo del establecimiento y del momento en que se realiza la inspección respecto del otorgamiento de la licencia de funcionamiento.
Plazos para Certificado ITSE de riesgo bajo o medio
En establecimientos de riesgo bajo o medio, la licencia de funcionamiento se emite antes de la inspección.
La licencia de funcionamiento se emite en un plazo máximo de dos (2) días hábiles. Luego, la diligencia de ITSE debe ejecutarse en un plazo no mayor de siete (7) días hábiles desde la notificación de la licencia, y el procedimiento debe finalizar en un máximo de nueve (9) días hábiles desde esa notificación.
Si durante la diligencia se formulan observaciones subsanables no relevantes en términos de riesgo, el plazo máximo de subsanación es de tres (3) días hábiles. Ese plazo no se computa dentro del plazo máximo de finalización del procedimiento.
Plazos para Certificado ITSE de riesgo alto o muy alto
En establecimientos de riesgo alto o muy alto, la inspección se realiza antes del otorgamiento de la licencia de funcionamiento.
El plazo máximo para emitir la licencia de funcionamiento es de ocho (8) días hábiles. Dentro de ese marco, la diligencia de ITSE debe ejecutarse en un plazo máximo de cinco (5) días hábiles desde la presentación de la solicitud, y el procedimiento debe finalizar en un máximo de siete (7) días hábiles.
Si durante la diligencia se formulan observaciones subsanables, el plazo máximo de subsanación es de veinte (20) días hábiles desde la suspensión de la diligencia. Ese plazo no se computa dentro del plazo máximo del procedimiento.
Entrega del informe y emisión del certificado
Cuando la diligencia concluye con informe favorable, el inspector o grupo inspector debe entregar el informe a la Municipalidad dentro de un (1) día hábil.
Recibido el informe, la Municipalidad debe emitir la resolución y, de corresponder, el Certificado ITSE dentro de un (1) día hábil.
Si existe informe favorable de condiciones de seguridad y la Municipalidad no emite el Certificado ITSE dentro del plazo aplicable, el informe favorable puede sustentar la continuación del procedimiento de licencia, siempre que se cumplan los demás requisitos exigidos.
Plazos de renovación
El Certificado ITSE tiene vigencia de dos (2) años desde su fecha de expedición. Sus renovaciones sucesivas también tienen vigencia de dos años.
Plazos vinculados a fiscalización posterior
Si una Visita de Inspección de Seguridad en Edificaciones detecta incumplimientos que afectan la vigencia del certificado, se otorga un plazo de dos (2) días hábiles para subsanar observaciones. Si no se subsanan, la Municipalidad queda habilitada para iniciar el procedimiento de revocatoria del Certificado ITSE.
En el procedimiento de revocatoria, el titular cuenta con un plazo no menor de cinco (5) días hábiles para formular descargos. La autoridad debe emitir resolución en un plazo que no exceda de diez (10) días hábiles desde el vencimiento del plazo para descargos.
Cuando se dicta clausura temporal y el titular subsana las observaciones que motivaron la medida, la Municipalidad debe levantar la clausura dentro de las cuarenta y ocho (48) horas siguientes a la comunicación formal de la subsanación.
Resumen de plazos del Certificado ITSE
| Supuesto | Plazo | Comentario práctico |
|---|---|---|
| Licencia para riesgo bajo o medio | Hasta 2 días hábiles | La inspección se realiza después del otorgamiento de la licencia. |
| Inspección de riesgo bajo o medio | 7 días hábiles | La diligencia se ejecuta desde la notificación de la licencia. |
| Finalización en riesgo bajo o medio | 9 días hábiles | Plazo máximo del procedimiento, salvo suspensión. |
| Subsanación en riesgo bajo o medio | Hasta 3 días hábiles | Para observaciones subsanables no relevantes en términos de riesgo. |
| Licencia para riesgo alto o muy alto | Hasta 8 días hábiles | La inspección se realiza antes del otorgamiento de la licencia. |
| Inspección de riesgo alto o muy alto | 5 días hábiles | La diligencia se ejecuta desde la presentación de la solicitud. |
| Finalización en riesgo alto o muy alto | 7 días hábiles | Plazo máximo del procedimiento, salvo suspensión. |
| Subsanación en riesgo alto o muy alto | Hasta 20 días hábiles | El plazo de subsanación no se computa dentro del plazo máximo del procedimiento. |
| Entrega del informe ITSE | 1 día hábil | El inspector o grupo inspector entrega el informe a la Municipalidad. |
| Emisión de resolución y certificado | 1 día hábil | La Municipalidad emite resolución y certificado desde recibido el informe favorable. |
| Reprogramación por suspensión | 2 días hábiles | Aplica ante ausencia, complejidad o impedimento de verificación. |
| Vigencia del Certificado ITSE | 2 años | Se cuenta desde la fecha de expedición. |
| Renovación de riesgo alto o muy alto | 7 / 9 días hábiles | Diligencia en 7 días hábiles y finalización en 9 días hábiles. |
| Levantamiento de clausura temporal | 48 horas | Corre desde que el titular subsana y comunica formalmente la subsanación. |
Cómo funciona la Matriz de Riesgos ITSE
La Matriz de Riesgos es el instrumento técnico que permite determinar el nivel de riesgo existente en el establecimiento. Considera criterios de riesgo de incendio y riesgo de colapso vinculados con la actividad económica desarrollada.
La Matriz clasifica los establecimientos en cuatro niveles: bajo, medio, alto y muy alto. Esa clasificación define si la inspección se realiza antes o después del otorgamiento de la licencia de funcionamiento.
La Matriz se organiza por funciones. La función agrupa usos o giros de actividades económicas y toma en cuenta características propias del establecimiento, como área, número de pisos, uso, tipo de construcción, área techada, existencia de sótano, ubicación dentro de la edificación, áreas comunes, aforo, internamiento, productos almacenados y otros factores previstos en el Manual.
Cuando dentro de un mismo establecimiento coexisten áreas o edificaciones con distintos niveles de riesgo, se toma en cuenta el nivel de riesgo más alto.
Riesgo de incendio
El riesgo de incendio se relaciona con la probabilidad de que ocurra un incendio en una edificación y produzca daños a las personas, bienes o a la propia edificación.
En la ITSE, este riesgo se conecta con factores como la actividad desarrollada, presencia de materiales combustibles, instalaciones eléctricas, carga de ocupantes, evacuación, sótanos, almacenamiento, procesos productivos, GLP, calderos, equipos y sistemas de protección contra incendios.
Riesgo de colapso
El riesgo de colapso se relaciona con la probabilidad de daño en elementos estructurales por deterioro, debilitamiento u otras condiciones que afecten resistencia y estabilidad.
La evaluación no se limita a edificaciones antiguas. También comprende modificaciones, cargas, uso distinto al originalmente previsto, estructuras metálicas, estanterías, equipos, elementos de soporte y condiciones que afectan la seguridad de las personas.
Funciones de la Matriz de Riesgos
Las funciones principales son Salud, Encuentro, Hospedaje, Educación, Industrial, Oficinas Administrativas, Comercio y Almacén. Cada función agrupa establecimientos con características comunes y permite identificar los factores que elevan el nivel de riesgo.
| Función | Qué establecimientos comprende | Factores que elevan el riesgo |
|---|---|---|
| Salud | Consultorios, centros de salud, centros médicos, policlínicos, hospitales, clínicas e institutos especializados. | Camas de internamiento, usuarios no autosuficientes, dificultad de evacuación y complejidad asistencial. |
| Encuentro | Locales de reunión, espectáculos, entretenimiento, culto, deporte, recreación y concentración de personas. | Aforo, ubicación en sótano, alta concentración de personas y tipo de actividad. |
| Hospedaje | Hoteles, hostales, apart-hoteles, resorts, ecolodges, albergues y establecimientos de alojamiento temporal. | Número de pisos, ubicación por encima del cuarto piso, existencia de sótano y uso del sótano. |
| Educación | Centros de educación inicial, primaria, secundaria, educación especial, educación superior y edificaciones acondicionadas para uso educativo. | Vulnerabilidad de usuarios, número de pisos, concentración estudiantil y adaptación de edificaciones a uso educativo. |
| Industrial | Talleres artesanales, industria en general, fábricas y actividades de producción o transformación. | Procesos productivos, maquinaria, combustibles, carga eléctrica, almacenamiento inherente y materiales peligrosos. |
| Oficinas administrativas | Oficinas profesionales, administrativas, técnicas, financieras, empresariales y similares. | Número de pisos, área de planta, ubicación dentro de la edificación y situación de áreas comunes. |
| Comercio | Tiendas, módulos, stands, mercados, galerías, supermercados, centros comerciales y establecimientos de venta de bienes o servicios. | Área techada, número de pisos, concentración de personas, áreas comunes y productos comercializados. |
| Almacén | Almacenes, estacionamientos, depósitos y establecimientos cuya actividad principal es el almacenamiento. | Condición techada o no techada, productos almacenados, carga combustible, estanterías, circulación interna y sistemas contra incendios. |
Consultar la Matriz de Riesgos ITSE por función
La siguiente sección reúne los supuestos principales de la Matriz de Riesgos por función, para que el lector pueda revisar la clasificación sin salir de esta guía. La determinación final debe aplicarse al establecimiento concreto, considerando actividad, área, pisos, aforo, sótanos, sistemas instalados, áreas comunes y demás condiciones reales del local.
1. Función Salud
| Supuesto | Riesgo de incendio | Riesgo de colapso |
|---|---|---|
| Puesto o posta de salud, consultorio de profesional de la salud no médico o consultorio médico, sin camas de internamiento. | Bajo | Bajo |
| Centro de salud, centro médico, centro médico especializado o policlínico sin camas de internamiento. | Medio | Bajo |
| Centro de salud o centro médico con camas de internamiento o usuarios no autosuficientes. | Alto | Medio |
| Hospitales, clínicas de atención general, hospitales o clínicas de atención especializada e institutos especializados con internamiento o usuarios no autosuficientes. | Muy alto | Alto |
2. Función Encuentro
| Supuesto | Riesgo de incendio | Riesgo de colapso |
|---|---|---|
| Edificación con carga de ocupantes hasta 50 personas. | Medio | Bajo |
| Edificación con carga de ocupantes mayor a 50 personas. | Alto | Medio |
| Actividad de encuentro realizada en sótano. | Muy alto | Alto |
| Discotecas, casinos, tragamonedas, teatros, cines, salas de concierto, anfiteatros, auditorios, centros de convenciones, clubes, estadios, plazas de toros, coliseos, hipódromos, velódromos, autódromos, polideportivos, parques de diversión, zoológicos y templos. | Muy alto | Alto |
3. Función Hospedaje
| Supuesto | Riesgo de incendio | Riesgo de colapso |
|---|---|---|
| Establecimiento de hospedaje de hasta 3 estrellas y hasta 4 pisos, ecolodge, albergue o establecimiento ubicado en cualquiera de los cuatro pisos, sin sótano. | Medio | Bajo |
| Establecimiento de hospedaje de hasta 3 estrellas y hasta 4 pisos, ecolodge, albergue o establecimiento ubicado en cualquiera de los cuatro pisos, con sótano. | Alto | Medio |
| Hospedaje con más de cuatro pisos, establecimiento ubicado en piso superior al cuarto, o hospedaje con sótano de estacionamiento mayor a 500 m² o depósitos/servicios generales mayores a 250 m². | Muy alto | Alto |
4. Función Educación
| Supuesto | Riesgo de incendio | Riesgo de colapso |
|---|---|---|
| Centros de educación inicial, primaria y secundaria, y para personas con discapacidad, hasta tres pisos. | Alto | Medio |
| Edificación educativa mayor a tres pisos, centro de educación superior o edificación remodelada/acondicionada para uso educativo. | Muy alto | Alto |
5. Función Industrial
| Supuesto | Riesgo de incendio | Riesgo de colapso |
|---|---|---|
| Taller artesanal donde se transforman manualmente o con herramientas manuales materiales o sustancias en nuevos productos; puede incluir área de comercialización. | Medio | Bajo |
| Industria en general, fábricas de productos explosivos o materiales relacionados, talleres o fábricas de productos pirotécnicos. | Muy alto | Alto |
6. Función Oficinas Administrativas
| Supuesto | Riesgo de incendio | Riesgo de colapso |
|---|---|---|
| Edificación hasta cuatro pisos y/o planta techada por piso igual o menor a 560 m²; edificación con conformidad de obra de antigüedad no mayor a cinco años y actividad correspondiente al diseño; o establecimiento ubicado en edificación cuyas áreas comunes cuentan con Certificado ITSE vigente. | Medio | Bajo |
| Establecimiento ubicado en cualquier piso de edificación cuyas áreas e instalaciones de uso común no cuentan con Certificado ITSE vigente. | Alto | Medio |
| Edificación con cualquier número de pisos con planta techada por piso mayor a 560 m². | Muy alto | Alto |
7. Función Comercio
| Supuesto | Riesgo de incendio | Riesgo de colapso |
|---|---|---|
| Edificación hasta tres pisos y/o área techada total hasta 750 m²; módulos, stands o puestos cuyo mercado de abastos, galería comercial o centro comercial cuenta con licencia de funcionamiento corporativa. | Medio | Bajo |
| Edificación mayor a tres pisos y/o área techada total mayor a 750 m². | Alto | Medio |
| Áreas e instalaciones de uso común de edificaciones de uso mixto, mercados de abastos, galerías comerciales y centros comerciales; mercado minorista o mayorista; supermercados; tiendas por departamentos; complejos comerciales; centros comerciales; galerías comerciales; o comercialización de productos explosivos, pirotécnicos y relacionados. | Muy alto | Alto |
8. Función Almacén
| Supuesto | Riesgo de incendio | Riesgo de colapso |
|---|---|---|
| Almacén o estacionamiento no techado; puede incluir áreas administrativas y de servicios techadas. | Alto | Medio |
| Almacén o estacionamiento techado. | Muy alto | Alto |
| Almacén de productos explosivos, pirotécnicos y relacionados. | Muy alto | Alto |
Factores adicionales que incrementan el nivel de riesgo
Cuando el establecimiento está clasificado inicialmente como riesgo bajo o medio, la presencia de determinados factores adicionales incrementa su nivel de riesgo.
| Factor adicional | Riesgo de incendio | Riesgo de colapso |
|---|---|---|
| El establecimiento cuenta con tanque de Gas Licuado de Petróleo (GLP) y/o líquido combustible y sus derivados en cantidades superiores a 0.45 m³ para GLP o 1 m³ para líquidos combustibles y derivados. | Alto | Medio |
| El establecimiento usa caldero. | Alto | Medio |
Qué se verifica durante la inspección ITSE
Durante la inspección ITSE se evalúan condiciones de seguridad asociadas al riesgo de incendio, riesgo de colapso y otros riesgos vinculados con la actividad.
La intensidad de la revisión depende del nivel de riesgo y de las características del establecimiento. Un local de riesgo bajo no exige la misma composición inspectiva ni la misma documentación que una industria, un almacén techado o un local de encuentro de alta concentración de personas.
Implementación del establecimiento objeto de inspección
La ITSE se realiza sobre un Establecimiento Objeto de Inspección implementado para la actividad que se desarrollará.
Un local vacío, incompleto o distinto al que operará realmente no permite evaluar adecuadamente las condiciones de seguridad. La inspección requiere apreciar ambientes, distribución, equipos, mobiliario, instalaciones, sistemas y condiciones físicas asociadas a la actividad.
Antes de la inspección debe existir consistencia entre:
- actividad declarada;
- distribución real del local;
- área ocupada;
- aforo;
- número de pisos;
- equipos instalados;
- sistemas eléctricos;
- rutas de evacuación;
- señalización;
- sistemas contra incendios;
- documentación técnica presentada.
Cuando esa correspondencia no existe, el riesgo de observaciones aumenta. La Municipalidad encuentra diferencias entre el expediente, la actividad declarada y las condiciones reales del establecimiento.
Composición del grupo inspector
En establecimientos de riesgo bajo o medio interviene un inspector básico o especializado, según corresponda.
En establecimientos de riesgo alto se convoca a dos inspectores especializados, uno de ellos vinculado a la rama eléctrica.
En establecimientos de riesgo muy alto se convoca a tres inspectores especializados de ramas distintas: una especialidad eléctrica, una especialidad civil o arquitectura, y una tercera especialidad vinculada a ingeniería mecánica, industrial, seguridad e higiene industrial, sanitaria, química, minas o profesiones afines según corresponda.
La ITSE involucra evaluación eléctrica, estructural, mecánica, de seguridad, de evacuación, de protección contra incendios y de condiciones asociadas a la actividad económica.
Evacuación, señalización y otros medios de seguridad
La inspección revisa los medios de evacuación aplicables al establecimiento, como pasadizos, escaleras, accesos y salidas. También verifica que se encuentren libres de obstáculos y permitan la evacuación segura de las personas.
Otro aspecto relevante es la señalización de seguridad: salidas, rutas de evacuación, zonas seguras, riesgo eléctrico, extintores y señales vinculadas a la actividad. Las luces de emergencia también forman parte de las condiciones que se revisan.
En establecimientos con aforo elevado, puertas de evacuación, barras antipánico, continuidad de escaleras, pasamanos y rutas hacia zonas seguras tienen impacto directo en el resultado de la diligencia.
Estructuras y riesgo de colapso
La evaluación estructural se relaciona con condiciones visibles que afectan estabilidad, resistencia o seguridad de la edificación. También comprende elementos de soporte, estructuras metálicas, estanterías, escaleras, barandas, techos, columnas, vigas o elementos que forman parte del uso real del establecimiento.
El inspector revisa si una modificación, una carga no prevista, una estructura deteriorada o un uso distinto al proyectado comprometen la edificación.
Instalaciones eléctricas
Las instalaciones eléctricas son parte central de la ITSE. Se revisan tableros, interruptores termomagnéticos, circuitos, conductores, puesta a tierra, sobrecarga de tomacorrientes, extensiones, adaptadores y condiciones de protección.
El riesgo eléctrico se vincula tanto con electrocución como con incendio. Una instalación deficiente compromete la seguridad de las personas y eleva observaciones durante la diligencia.
Protección contra incendios
La inspección revisa los medios de protección contra incendios exigibles según tipo de edificación, actividad, área, altura, clasificación de riesgo y sistemas instalados. Esto comprende extintores, tarjetas de mantenimiento, ubicación, altura, cantidad adecuada según riesgo, gabinetes, sistemas de detección y alarma, rociadores, montantes, bombas, agua contra incendios, puertas cortafuego y otros sistemas aplicables.
Un almacén, una industria, un local de encuentro o un establecimiento de salud exige un análisis más intenso que una oficina de menor complejidad.
Otros riesgos vinculados a la actividad
La ITSE también considera riesgos asociados a equipos, estructuras de soporte, GLP, líquidos combustibles, calderos, sistemas mecánicos, montacargas, ascensores, escaleras mecánicas, equipos de refrigeración, cocinas, procesos productivos u otros elementos presentes en el establecimiento.
La evaluación depende del caso. No se aplica la misma lista a todos los establecimientos; se revisan las condiciones de seguridad relevantes según la actividad y la Matriz de Riesgos.
Observaciones, suspensión y silencio administrativo en la ITSE
Si el inspector o grupo inspector detecta incumplimientos, formula observaciones sobre condiciones de seguridad, documentación, instalaciones, sistemas, implementación o correspondencia entre lo declarado y lo existente.
Las observaciones tienen consecuencias según su naturaleza. Algunas son subsanables dentro del procedimiento; otras dan lugar a informe desfavorable o denegatoria cuando afectan condiciones esenciales de seguridad.
Los plazos para subsanar observaciones varían según el nivel de riesgo: en riesgo bajo o medio son de hasta tres (3) días hábiles; en riesgo alto o muy alto llegan hasta veinte (20) días hábiles.
Suspensión de la diligencia
La diligencia se suspende por ausencia de la persona administrada o de quien esta designe, por complejidad del establecimiento, por impedimentos para verificar todo o parte del local, o por caso fortuito o fuerza mayor.
La suspensión interrumpe el cómputo de plazos hasta la reanudación de la diligencia, salvo los supuestos en los que corresponde dar por finalizada la inspección. Si la ausencia se reitera o subsiste el impedimento de verificación, la inspección concluye desfavorablemente.
Observaciones en un solo acto
La normativa establece que las observaciones formuladas durante la inspección deben realizarse en un solo acto, bajo responsabilidad de quien ejecuta la inspección.
Conformidad o disconformidad con observaciones
La persona administrada tiene derecho a expresar conformidad o disconformidad con las observaciones formuladas durante la ejecución de la ITSE, utilizando el formato correspondiente.
Esta posibilidad tiene relevancia cuando una observación requiere análisis técnico o legal para determinar si está adecuadamente sustentada en los criterios aplicables de seguridad en edificaciones.
Silencio administrativo positivo
En la ITSE opera el silencio administrativo positivo cuando vence el plazo establecido sin pronunciamiento de la Municipalidad o sin que se haya realizado la inspección.
Esto no elimina la obligación de verificación posterior. La Municipalidad mantiene la obligación de verificar el cumplimiento de condiciones de seguridad mediante las actuaciones que correspondan, incluyendo la Visita de Inspección de Seguridad en Edificaciones.
Renovación del Certificado ITSE cada dos años
El Certificado ITSE tiene vigencia de dos (2) años desde su fecha de expedición. Debe renovarse antes del vencimiento para mantener vigente la acreditación de condiciones de seguridad del establecimiento.
La renovación se solicita con una Declaración Jurada de que se mantienen las condiciones de seguridad que sustentaron el certificado. Si esas condiciones variaron, corresponde tramitar una nueva ITSE.
El procedimiento y el alcance de la diligencia se desarrollan en la renovación del Certificado ITSE.
Cuándo corresponde una nueva ITSE
Corresponde solicitar una nueva ITSE cuando el establecimiento cuenta con Certificado ITSE, pero es objeto de modificación o ampliación que afecta las condiciones de seguridad iniciales.
También corresponde evaluar una nueva ITSE cuando el establecimiento cambia de configuración, distribución, área, uso, sistemas, equipos o condiciones que sustentaron el certificado anterior.
Entre los supuestos que obligan a evaluar si corresponde una nueva ITSE se encuentran:
- ampliación del área ocupada;
- modificación de distribución interna;
- remodelación que afecte evacuación o seguridad;
- acondicionamiento del local para una actividad distinta;
- instalación de nuevos equipos o sistemas relevantes;
- modificación de sistemas eléctricos o contra incendios;
- incorporación de GLP, líquidos combustibles, calderos o materiales de mayor riesgo;
- cambio de condiciones que eleve el nivel de riesgo.
La regla central es que la renovación procede cuando se mantienen las condiciones de seguridad. Si esas condiciones cambiaron de manera relevante, corresponde evaluar una nueva ITSE.
Riesgo de clausura por no contar con Certificado ITSE
Operar sin Certificado ITSE vigente expone al establecimiento a contingencias municipales. La Ley 31914 incorporó supuestos específicos de clausura temporal, entre ellos que el titular no cuente con Certificado ITSE, salvo que la renovación se encuentre en trámite conforme a la normativa correspondiente.
El procedimiento de clausura municipal tiene reglas propias y no debe confundirse con la ITSE. Sin embargo, la falta de Certificado ITSE vigente es uno de los supuestos legales de clausura temporal cuando resulta exigible.
La clausura temporal procede, entre otros supuestos, cuando existe peligro inminente para la vida, la salud, la propiedad o la seguridad de las personas que no pueda subsanarse en el acto de inspección; cuando el titular no cuenta con licencia; cuando no cuenta con Certificado ITSE; cuando realiza un giro distinto al autorizado; o cuando la actividad genera determinados efectos perjudiciales fuera de los rangos permitidos.
La norma también establece supuestos de improcedencia. No procede clausura temporal por infracciones administrativas que no representan riesgo inminente para la vida, la salud, la seguridad o la propiedad, ni cuando las circunstancias se subsanan durante la inspección o desaparecen al término de ella.
Si el establecimiento tiene áreas independientes o accesos diferenciados, la clausura temporal solo debe aplicarse sobre el área que genera riesgo inminente conforme a los supuestos legales, sin afectar el funcionamiento del resto del establecimiento.
Cuando el titular subsana las observaciones que motivaron la clausura temporal y lo comunica formalmente a la Municipalidad, la medida debe levantarse dentro de las cuarenta y ocho (48) horas siguientes. Si la entidad no formula una observación debidamente motivada dentro de ese plazo, la clausura queda sin efecto automáticamente.
Análisis técnico y legal en el procedimiento ITSE
La ITSE es un procedimiento técnico, pero no se agota en la revisión física del local. También se desarrolla dentro de un procedimiento administrativo con reglas sobre competencia, requisitos, plazos, observaciones, suspensión, informes, emisión del certificado, renovación y eventuales medidas municipales.
El componente técnico permite identificar si el establecimiento cumple condiciones de seguridad: evacuación, señalización, estructuras, instalaciones eléctricas, sistemas contra incendios, equipos y condiciones propias de la actividad.
El componente legal permite analizar si la exigencia formulada corresponde al procedimiento aplicable, si la observación se encuentra dentro del marco normativo, si la Municipalidad aplica correctamente la Matriz de Riesgos, si el procedimiento respeta sus plazos y si una medida municipal se ajusta a los supuestos legales.
Esto es especialmente relevante en establecimientos de riesgo alto o muy alto, almacenes, industrias, locales de encuentro, establecimientos de salud, centros educativos, comercios de gran escala, edificaciones con áreas comunes o locales con sistemas especiales.
Preguntas frecuentes sobre Certificado ITSE
¿Qué es el Certificado ITSE?
El Certificado ITSE es el documento emitido por la Municipalidad que acredita que un establecimiento cumple condiciones de seguridad en edificaciones. Se emite según el nivel de riesgo aplicable al establecimiento.
¿Qué significa ITSE?
ITSE significa Inspección Técnica de Seguridad en Edificaciones. El Certificado ITSE es el documento que resulta de esa inspección y acredita que el establecimiento cumple las condiciones de seguridad aplicables.
¿El Certificado ITSE es lo mismo que la licencia de funcionamiento?
No. La licencia de funcionamiento autoriza el desarrollo de una actividad económica en un establecimiento determinado. El Certificado ITSE acredita condiciones de seguridad en edificaciones vinculadas a esa actividad.
¿Quién emite el Certificado ITSE?
Lo emite la Municipalidad competente, según la ubicación del establecimiento.
¿Cuáles son los requisitos del Certificado ITSE?
Los requisitos dependen del nivel de riesgo. En riesgo bajo o medio se presenta solicitud de licencia, información para clasificación de riesgo, reporte de nivel de riesgo y Declaración Jurada de Cumplimiento de Condiciones de Seguridad. En riesgo alto o muy alto se presentan también documentos técnicos como croquis, planos, certificado de puesta a tierra, Plan de Seguridad y memorias o protocolos de sistemas de seguridad.
¿Cuáles son los plazos del Certificado ITSE?
En riesgo bajo o medio, la inspección debe ejecutarse en siete (7) días hábiles y finalizar en nueve (9) días hábiles desde la notificación de la licencia. En riesgo alto o muy alto, la inspección debe ejecutarse en cinco (5) días hábiles y finalizar en siete (7) días hábiles desde la presentación de la solicitud, salvo suspensión.
¿Cada cuánto se renueva el Certificado ITSE?
El Certificado ITSE se renueva cada dos años. La renovación debe gestionarse antes del vencimiento y exige que el establecimiento mantenga las condiciones de seguridad que sustentaron el certificado anterior.
¿Qué significa que la inspección sea antes o después de la licencia?
Significa que, en riesgo bajo o medio, la inspección se realiza después del otorgamiento de la licencia de funcionamiento. En riesgo alto o muy alto, la inspección se realiza antes del otorgamiento de la licencia.
¿Qué es la Matriz de Riesgos ITSE?
La Matriz de Riesgos es el instrumento técnico que clasifica el nivel de riesgo del establecimiento según criterios de incendio y colapso, vinculados a la función o actividad económica desarrollada.
¿Qué pasa si el establecimiento no tiene Certificado ITSE vigente?
Operar sin Certificado ITSE vigente, cuando resulta exigible, es supuesto de clausura temporal del establecimiento. La renovación solicitada antes del vencimiento queda en trámite e impide la clausura por falta de certificado.
¿Una remodelación obliga a sacar un nuevo Certificado ITSE?
Corresponde una nueva ITSE si la remodelación, ampliación, acondicionamiento o modificación afecta las condiciones de seguridad iniciales del establecimiento.
¿Qué diferencia hay entre certificado de defensa civil y Certificado ITSE?
“Certificado de defensa civil” es la expresión todavía usada de manera coloquial en el Perú para referirse al Certificado ITSE. La denominación técnica vigente es Certificado de Inspección Técnica de Seguridad en Edificaciones o Certificado ITSE.
El Certificado ITSE permite acreditar condiciones de seguridad en edificaciones para un establecimiento determinado. Comprender su relación con la licencia de funcionamiento, la Matriz de Riesgos, los requisitos, los plazos, la inspección, la renovación y los supuestos de clausura permite ordenar correctamente el cumplimiento municipal antes de iniciar, renovar o modificar una operación.
