A fin de actualizar los procedimientos técnicos y administrativos referidos a las inspecciones técnicas de seguridad en Defensa Civil, la Presidencia del Consejo de Ministros (PCM) creó la Comisión Multisectorial de Naturaleza Temporal, encargada de proponer la modificación al Reglamento de Inspecciones Técnicas de Seguridad en Edificaciones.
El objetivo es proteger a la población, el patrimonio y su entorno frente a un peligro de origen natural o inducido por el hombre.
A través de la Resolución Suprema 243-2013-PCM, publicada en el Diario Oficial El Peruano, el Poder Ejecutivo dispuso la modificación del Decreto Supremo 066-2007-PCM, que aprobó el Reglamento de Inspecciones Técnicas de Seguridad en Defensa Civil, a fin de adecuarlo a las normas vigentes en materia de Gestión del Riesgo de Desastres.
La Gestión del Riesgo de Desastres es un proceso social cuyo fin último es la prevención, la reducción y el control permanente de los factores de riesgo de desastre en la sociedad; así como la adecuada preparación y respuesta ante situaciones de esta naturaleza, considerando las políticas nacionales con especial énfasis en aquellas relativas a materia económica, ambiental, de seguridad, defensa nacional y territorial de manera sostenible.
La Gestión del Riesgo de Desastres está basada en la investigación científica y de registro de informaciones, y orienta las políticas, estrategias y acciones en todos los niveles de gobierno y de la sociedad con la finalidad de proteger la vida de la población y el patrimonio de las personas y del Estado.
El dispositivo legal establece que la Comisión Multisectorial estará adscrita a la PCM y la conformará el secretario de Gestión del Riesgo de Desastres de la PCM, quien la presidirá; dos representantes del Centro Nacional de Estimación, Prevención y Reducción del Riesgo de Desastres (Cenepred); dos representantes del Consejo Nacional de Competitividad; y dos representantes de la Municipalidad Metropolitana de Lima.
También, dos representantes del Instituto Nacional de Defensa Civil (Indeci); y un representante del Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (Indecopi), pudiendo contar, cuando la necesidad lo requiera, de miembros alternos a fin de facilitar el funcionamiento de la comisión.
La norma indica también que la mencionada comisión deberá instalarse en un plazo no mayor de siete días hábiles contados a partir de la publicación de la resolución suprema, para elaborar un proyecto de modificación del Reglamento de Inspecciones Técnicas de Seguridad en Edificaciones.
Cabe indicar que el dispositivo legal establece que el plazo para presentar el mencionado proyecto por parte de los comisionados no podrá exceder los 20 días hábiles. Asimismo, precisa que la participación de los representantes ante la comisión multisectorial será ad honórem.
vía Modificarán Reglamento de Inspecciones Técnicas de Seguridad en Edificaciones.