Ambas cadenas deben permitir acceso de alimentos desde el 17 y 21 de marzo. Pero las salas prime quedan excluidas de la medida. Expertos no entienden la distinción.
La controversia sobre el acceso de alimentos y bebidas en los locales de Cinemark y Cineplanet –a raíz de dos resoluciones del Indecopi– dio un nuevo giro ayer, luego de que la Sala Especializada en Protección al Consumidor (SPC) de la entidad resolviera los pedidos de aclaración formulados por ambas empresas, las cuales fueron sancionadas por cláusulas abusivas ante dos denuncias de la Aspec.
En primer lugar, la SPC determinó los plazos en los que estos cines deberán acatar las medidas correctivas ordenadas: Cineplanet deberá permitir el acceso de productos iguales o similares que los que ofrece en sus locales desde el 17 de marzo y Cinemark desde el 20 de marzo.
Asimismo, la entidad precisó lo que puede ser reconocido como un producto similar. Según el organismo, deberán ser productos que tengan las mismas características que los que se venden en dichos establecimientos, pero podrán ser de marcas distintas a las comercializadas por los cines.
Se reiteró que serán los cines los que hagan el control de los productos que ingresarán a sus salas.
En conversación con El Comercio, Liliana Cerrón, secretaria técnica de la SPC del Indecopi, resaltó que en ambas resoluciones la sala determina que estos productos deben tener, además, parámetros similares en lo que respecta a la presentación y cantidad.
“Los cines siguen teniendo la libertad de regular su propia oferta. Pueden vender los productos en los términos y condiciones que ellos consideren. Lo fundamental es que los consumidores van a poder adquirir productos de diversas marcas”, precisó.
Crisólogo Cáceres, presidente de Aspec –asociación que interpuso las denuncias contra las cadenas–, calificó como triunfo para los consumidores la medida del Indecopi. “Ha actuado en sintonía con lo que la ciudadanía espera de la entidad”, señaló a este Diario.
Sin embargo, para Erickson Molina, especialista del área de competencia y protección al consumidor del estudio Benites, Vargas & Ugaz, las aclaraciones no terminan de eliminar los posibles conflictos que puedan presentarse entre las empresas y los consumidores.
“Las medidas correctivas mantienen una contingencia en cuanto a su ejecución. Esto puede generar conflictos en algunos casos”, apuntó.
Gustavo Rodríguez, socio de Rodríguez García Consultoría Especializada, añadió que los términos en que fueron redactadas las medidas correctivas del Indecopi generaban ese espacio problemático.
“Creo que han tenido que hacer estas aclaraciones porque, desde mi punto de vista, reconocen implícitamente que su decisión anterior era arbitraria” precisó.
UN MODELO DISTINTO
En sus aclaraciones, la SPC anotó que sus medidas correctivas no alcanzan a los formatos de cine prime –utilizados por Cineplanet–, pues los considera un modelo de negocio distinto al de las salas regulares.
De acuerdo con Cerrón, el organismo concluyó que el formato prime “es un producto distinto, similar a un restaurante”.
“Hay sillones ergonómicos y reclinables. El diseño incluye mesas con lámparas pensadas para consumir alimentos y se expende comida a los consumidores de manera personalizada, entre otros aspectos”, detalló.
Sobre este punto, Rodríguez precisó que lo determinado por el Indecopi revela, una vez más, que no comprende cómo funcionan los modelos de negocio del cine.
“¿Debo entender que si le quito las mesas y lámparas al prime, ya no lo será? Esto revela que el análisis de Indecopi es bastante rígido. Abren espacio para una nueva controversia y más vaivén sobre el tema”, indicó.
Para el abogado Fernando Raventós, el pronunciamiento del Indecopi sobre los cines prime es absurdo. “Discute un modelo que no ha sido materia del proceso y lo distingue de los cines regulares sin explicar por qué. ¿No es acaso el mismo modelo de negocio de cine y comida?”, comentó.
Alfredo Bullard, socio de Bullard Falla Ezcurra + Abogados, dijo que no veía ninguna consistencia en la exclusión de las salas prime de las medidas correctivas y consideró ilógicos los argumentos del Indecopi.
“Sí, es un modelo de negocio distinto a otras salas, pero eso no te dice que no haya relación entre la comida y el cine. No le veo mayor lógica”, enfatizó.
CRÍTICA DE LOS CINES A INDECOPI
Seis cadenas de cine –Cineplanet, Cinemark, UVK, Cinépolis, Cine Star y Cinerama– dijeron, antes de conocerse las aclaraciones de la entidad, que las medidas correctivas de la Sala Especializada en Protección al Consumidor atentan contra la libertad de empresa y “sientan un precedente que podría ser extensivo a otro tipo de negocios como restaurantes, discotecas, conciertos, entre otros”.
“La resolución de Indecopi de permitir que los clientes puedan acceder a las salas de cine con alimentos adquiridos en el exterior atenta contra este modelo de negocio”, señalan en el comunicado.
Invocan a las autoridades a reflexionar “sobre el atentado” que suponen estas resoluciones para el desarrollo de los cines. Las cadenas no se pronunciaron sobre la aclaración de Indecopi.
Origen: https://elcomercio.pe/economia/peru/cinemark-cineplanet-cambio-indecopi-fallos-noticia-503138