Lorgio Vidal Villanueva, paciente diabético e hipertenso, solamente quería someterse a una cirugía reconstructiva de cadera pero quedó en estado vegetal. Centro de salud negó los cargos.
El 20 de abril del 2007 Lorgio Vidal Villanueva, paciente diabético e hipertenso que tenía en ese entonces 77 años, entró a la sala de operaciones de la clínica San Borja para someterse a una cirugía reconstructiva de cadera. Una caída producida días atrás le había causado una fractura que debía ser operada.
Eran las 10 de la mañana de ese día fatídico y el paciente entró consciente y tranquilo al quirófano. Nada hacía presagiar que una bradicardia (disminución severa de la frecuencia cardíaca), presuntamente causada por una mala administración de la anestesia, lo dejaría en estado vegetativo para siempre.
Mónica Vidal Cabello, hija de la víctima de esta supuesta mala práctica médica, recuerda: “Aproximadamente a la 1 de la tarde, el traumatólogo Delfín Uribe Bravo nos informó que hubo problemas durante la operación y que mi padre había quedado en estado vegetativo”.
Los médicos responsables de la intervención argumentaron que se trató de un caso fortuito precipitado por la avanzada edad del paciente.
INTERVENCIÓN FORMAL
Sin embargo, esa explicación no dejó tranquilos a los hijos de Lorgio Vidal y se acercaron al Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (Indecopi ) para presentar una demanda por mala práctica médica en contra de la clínica San Borja.
Tres años después, la entidad estatal resolvió el caso al fijar una multa de S/.216.000 (equivalente a 60 unidades impositivas tributarias actuales) y ordenó a la clínica devolver a los denunciantes los pagos relacionados con la intervención quirúrgica y asumir los costos médicos del tratamiento de su familiar, hasta su total recuperación.
Como explicó Pierino Stucchi, gerente legal de Indecopi, se basaron en cuatro puntos para dar esta ejemplar medida. “Según el informe pericial, la clínica no realizó el obligado estudio de riesgo anestesiológico previo al paciente y adelantó de manera injustificada la operación, sin respetar la recomendación de los especialistas en endocrinología y anestesiología de postergar la cirugía entre 48 y 72 horas, para tratar una infección urinaria del paciente”, precisó.
El informe agrega que tampoco se realizó un adecuado monitoreo durante la intervención, ni se administró al paciente la dosis correcta de anestesia.
Indecopi explicó que, pese a que la clínica ha impugnado la sanción ante el Poder Judicial, se encuentra obligada a cumplir el mandato, en salvaguarda del derecho del consumidor afectado.
VERSIÓN DE LA CLÍNICA
En tanto, representantes de la clínica San Borja han rechazado la sanción, pues consideran que Indecopi no está en lo cierto.
Eduardo Morales, gerente general de ese nosocomio, sostiene: “Tenemos una serie de pericias y pruebas que demuestran que en este caso se actuó de manera correcta desde el punto de vista médico. No nos pueden sancionar por no haber llenado correctamente algún documento. Lamentablemente, el señor Vidal era un paciente que sufría una serie de problemas médicos que precipitaron esta situación”.
Informó también que la clínica ha solicitado una medida cautelar contra Indecopi para evitar, según Morales, este tipo de abusos que dañan su imagen.
CRONOLOGÍA
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