Al respecto, el presidente del Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (Indecopi), Ivo Gagliuffi, explicó que la norma es muy importante porque unifica en una sola todas las medidas dispersas que apunta a eliminación de barreras.
“Tiene una estructura muy clara porque contiene las definiciones de procedimientos que siguen las barreras burocráticas y los principios de las mismas”, declaró.
Inaplicación
Asimismo, el funcionario destacó que un tema importante que trae esta ley es la “Inaplicación con efectos generales” la cual establece que cuando el Indecopi declare una barrera burocrática ilegal no será inaplicable al denunciante sino “irradiará” a todos.
“Si yo solicito un procedimiento y cuestiono el hecho que, por ejemplo, me cobre una tasa demasiado elevada y el Indecopi declara fundada, a ninguna otra persona se le puede exigir ese requisito. Antes solo tenía implicancia sobre el caso denunciado”.
Otras novedades importantes consisten en que los denunciantes podrán formular denuncias informativas y pedir la reserva de su identidad si lo consideran conveniente.
Asimismo, si una entidad quiere impugnar una decisión del Indecopi ante el Poder Judicial, entonces su procurador público deberá obtener la autorización de su máxima autoridad y además la aprobación de ello en el Consejo de Ministros, a fin de evitar que se judicialicen todos los casos de barreras, sino solo aquellos realmente relevantes, no incurriendo en responsabilidad el procurador que no impugne judicialmente.
Dato
Esta norma no solo tiene un perfil reactivo para eliminar las barreras burocráticas existentes, sino también una propuesta preventiva consistente en promover que las propias entidades voluntariamente levanten sus barreras burocráticas sin necesidad de ser denunciadas.
Origen: Barreras burocráticas ilegales que se eliminen tendrán efecto general