Todos los establecimientos comerciales de Miraflores con capacidad de 30 personas o más, o que permanezcan abiertos al público pasadas las 23:00 horas deberán instalar un sistema de videovigilancia en su interior, anunció ese municipio distrital.
Así lo establece la Ordenanza 375/MM publicada hoy en el Diario Oficial El Peruano, la cual también contempla una multa de 25 por ciento de una UIT (912 nuevos soles) y la clausura transitoria del local en caso de no instalar este sistema.
El sistema de videovigilancia consiste en la instalación de dos cámaras de seguridad (uno ubicado en la entrada y otro en el interior del establecimiento) con una capacidad de grabación no menor a 48 horas.
Además, los responsables de los locales tienen la obligación de guardar por un lapso de 60 días las imágenes captadas y ponerlas a disposición de las autoridades cuando éstas las requieran.
La referida ordenanza establece también que los dueños de establecimientos comerciales tiene un plazo de cuatro meses (120 días) para poder instalar dicho sistema; de lo contrario serán multados con el 25 por ciento de una UIT.
De no colocar en un lugar visible los carteles informativos sobre el sistema de videovigilancia, los propietarios recibirán una sanción de 365 soles (10 por ciento de una UIT).
Sin embargo, aquellos que cumplan con lo señalado en la ordenanza recibirán un certificado municipal como reconocimiento y una imagen adhesiva que los distingan como locales seguros.
La ordenanza, en donde se explica que el objetivo es dotar de medidas preventivas y disuasivas a favor de los usuarios que acuden a los establecimientos comerciales, lleva el nombre y la firma del alcalde de Miraflores, Jorge Muñoz Wells.
vía Locales comerciales de Miraflores deberán instalar sistemas de videovigilancia.