Se flexibilizarán los requisitos exigibles para la aplicación de la tasa de retención definitiva de 5% sobre las rentas de arrendamiento o cesión en uso de bienes inmuebles atribuidas por el FIBRA o el FIRBI (solo se exigirá que el porcentaje de participación sea menor al 20%).
El Decreto Legislativo n° 1371, publicado hoy, modifica la Ley N° 30532, Ley que Promueve el Desarrollo del Mercado de Capitales y el Decreto Legislativo N° 1188, que otorga incentivos fiscales para promover los fondos de inversión en bienes inmobiliarios.
El Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) subrayó que con esta norma se perfecciona el tratamiento tributario de dos instrumentos financieros relacionados con el sector inmobiliario denominados Fondos de Inversión en Renta de Bienes Inmuebles (FIRBI) y los Fideicomisos de Titulización para Inversión en Renta de Bienes Raíces (FIBRA).
Una de las medidas es que se flexibilizan los requisitos exigibles para la aplicación de la tasa de retención definitiva de 5% sobre las rentas de arrendamiento o cesión en uso de bienes inmuebles atribuidas por el FIBRA o el FIRBI (solo se exigirá que el porcentaje de participación sea menor al 20%).
El MEF también precisó que la tasa de retención definitiva del Impuesto a la Renta (IR) de 5% sobre renta bruta será aplicable para las rentas de arrendamiento o cesión en uso de bienes inmuebles, y los ingresos por servicios provenientes de las transferencias de facturas negociables en las que el factor o adquirente asume el riesgo crediticio del deudor cuando la operación es realizada a través de un fondo de inversión, fideicomiso bancario y de titulización.
Origen: https://larepublica.pe/economia/1290269-sector-inmobiliario-buscan-impulsar-financiamiento