El Ministerio de la Producción estableció hoy un Régimen Especial para la actividad pesquera de anchoveta en la zona sur del litoral peruano, que comprende las regiones de Tacna, Moquegua y Arequipa.
Mediante el Decreto Supremo 001-2013-Produce, promulgado hoy, el sector reafirma que la pesca de este recurso dentro de las siete millas marinas será para el consumo humano directo.
Afirma que esta norma se dicta en el marco de una política de mayor acceso de la población a los recursos pesqueros, la sostenibilidad de las especies y la oportunidad de desarrollo de la pesca artesanal.
Indica que el D.S. rige entre Puerto Viejo, en Arequipa; y el límite entre Arequipa y Moquegua, y subraya que la actividad pesquera dentro de las 5 millas será exclusiva para la pesca artesanal y estará destinada al consumo humano directo.
A partir de la milla 5 y hasta la milla 7 pueden pescar las embarcaciones de menor escala y destinar su captura al consumo humano directo.
Agrega que desde el límite entre Arequipa y Moquegua hacia el sur siguiendo la línea costera peruana, la pesca de anchoveta será hasta las 3.5 millas marinas, reservada para uso exclusivo de la pesca artesanal y desde las 3.5 millas marinas hasta la milla 7 para la pesca de menor escala, pero en ambos casos, los recursos extraídos serán destinados al consumo humano directo.