El Pleno del Congreso de la República tiene previsto hoy la segunda votación del dictamen (que reúne los proyectos de ley 111/2016-CR y 224/2016-CR) el cual modificará algunos artículos del Código de Protección y Defensa del Consumidor, referidos al mercado de productos y servicios inmobiliarios.
Uno de los principales cambios de la iniciativa legislativa será que se elevará de cinco a diez años el periodo de garantía ante posibles fallas estructurales tras la entrega de una vivienda.
Esta garantía se refiere a las fallas en la estructura de un inmueble: paredes, pisos, techos y redes internas de servicio de agua, desagüe y electricidad.
Actualmente, el periodo de garantía estructural es por cinco años y se contabiliza desde la emisión del certificado de finalización de la obra y recepción de obra por parte de la municipalidad, según establece el Código de Protección y Defensa del Consumidor.
Distinto es el caso de los acabados, pues tienen un periodo de garantía variable, que normalmente es de dos años (el periodo se acuerda en el contrato de venta del inmueble).
¿Impactaría en precios de viviendas?
Al respecto, el presidente de la Cámara Peruana de la Construcción (Capeco), Francisco Osores, indicó que esta medida no encarecería el costo y precio de las viviendas, pero sí generaría incertidumbre en el mercado, pues el código civil establece que entre las empresas (por ejemplo entre una inmobiliaria y la constructora) el periodo de garantía es de cinco años.
“No podemos tener contradicción de normas pues eso genera muchísima confusión”, indicó Osores a Gestión.pe.
Asimismo, refirió que actualmente no se reportan muchas fallas estructurales tras la entrega de viviendas formales.
“En lugar de esta norma, se debe atacar al sector informal. Obligar a los municipios a realizar más fiscalizaciones de las obras para detectar a quienes no cumplen las normas de construcción”, anotó el ejecutivo.