La Superintendencia Nacional de Migraciones eliminó de su Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) 130 requisitos que generaban trabas burocráticas y hacían engorrosos los trámites que realizan los ciudadanos nacionales y extranjeros residentes en el Perú.
Uno de los cambios más importantes es la eliminación de las cartas de garantía económica y declaraciones juradas que debía firmar un familiar peruano para que el ciudadano extranjero pudiera prorrogar su residencia, cambiar su calidad migratoria o solicitar una visa.
Estas cartas de garantía se habían convertido en un instrumento de chantaje a mujeres extranjeras por parte de sus cónyuges peruanos, quienes se negaban a firmarlas si ellas les entablaban una demanda por alimentos o los denunciaban por violencia familiar. Al no contar con la carta, estas mujeres perdían la residencia y eran expulsadas del país.
Las modificaciones al TUPA de la Superintendencia Nacional de Migraciones también incluyen la eliminación de la presentación anual de una partida de matrimonio o nacimiento original para que un extranjero que ya era residente pudiera prorrogar su permanencia en el Perú.
Cuando un extranjero residente quería prorrogar la residencia de su menor hijo, debía presentar todos los años una partida de nacimiento nueva y original expedida en su país de origen, con las dificultades que eso conlleva, pese a que la Superintendencia Nacional de Migraciones ya contaba con dicha información en el expediente.
Ahora, tampoco les será exigida una partida original a los extranjeros que desean cambiar su calidad migratoria de turista a residente. En vez de ello deberán presentar, por primera y única vez, una copia de la partida certificada por el consulado peruano y visada por la cancillería.
Otro proceso que será más expeditivo será el de nacionalización de ciudadano extranjero por matrimonio con peruano, puesto que ya no será requerida la presencia del cónyuge a lo largo de todo el trámite, evitando de esta manera las complicaciones de horarios para el ciudadano nacional interesado en nacionalizar a su familiar.
Trabajadores
Asimismo, dentro de las modificaciones se ha establecido que el plazo de vigencia de los contratos laborales que aprueba la autoridad del trabajo sea de 30 días hábiles y no de 15 como sucedía actualmente. Ello con la intención de evitar que cuando el ciudadano extranjero se presente a realizar su trámite este documento se encuentre vencido.
También se ha simplificado el trámite para el caso de los ciudadanos extranjeros que soliciten la prórroga de su permanencia en calidad de trabajador, pues ahora deberán presentar solo las dos últimas boletas de pago originales o autenticadas, en lugar de las tres últimas.
De otro lado, también se ha simplificado el servicio de permiso especial de viaje. Ahora el solicitante solo deberá precisar la fecha en la que saldrá del país y ya no deberá presentar las copias de su pasaje y de su pasaporte como ocurría hasta hoy.
A esta simplificación administrativa debemos sumar el proceso de autogestión “Servicios en Línea” que ha lanzado Migraciones y que permite a los ciudadanos extranjeros realizar hasta tres tipos de trámite vía web y sin necesidad de trasladarse a una oficina.
Aunque en la práctica desde hace unos meses ya se están aplicando cambios en los procedimientos destinados a agilizar y hacer más eficiente la atención al público, la eliminación definitiva de estos requisitos innecesarios permitirá que el proceso de reforma de Migraciones sea irreversible.