El Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (Indecopi) en los últimos cinco años ha sancionado a más de 1,500 colegios por faltas denunciadas por los consumidores, entre ellas los cobros no previstos. Las sanciones suman alrededor de 14 millones de soles.
El subgerente de Supervisión y Fiscalización de Indecopi, Milagros Pozo, en diálogo con un diario local detalló los tres motivos que son obligatorios de pago en colegios privados. Se trata de la cuota de ingreso, la matrícula y la pensión.
“La matrícula nunca debe ser mayor a la pensión. Es decir, si la pensión del centro educativo es de 500 soles, la matrícula no puede ser superior a ese monto”, explicó.
Según el código de consumidor, los colegios están en la obligación de anunciar hasta enero o febrero si es que hay un alza en las mensualidades. Esto pues las clases empiezan en el mes de marzo. Respecto a los colegios privados, el aumento de la pensión intempestiva está prohibida sin previo aviso.
“Cuando voy a un centro educativo no esperaría que me cobre un bingo u otro concepto que no sea la cuota de ingreso, la pensión y la matrícula. El direccionamiento de compras de útiles escolares y de uniformes de un solo proveedor está prohibido, por ejemplo”, manifestó la representante de Indecopi.
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