Multas a infractores van de S/. 3,600 a S/. 36,000.
La Dirección General de Salud Ambiental (Digesa) informó que el 60 por ciento de los locales públicos inspeccionados en Miraflores y Barranco, incumple la Ley General para la Prevención y Control de los Riesgos de Consumo de Tabaco, cuyo objetivo es proteger a las personas de las consecuencias de este hábito y la exposición al humo de cigarro.
“En los tres operativos realizados a discotecas, peñas, bares y karaokes de Miraflores y Barranco se comprobó que un reducido grupo de locales sí conoce la ley actual de tabaco; por lo tanto, no permiten fumar ni vender cigarrillos dentro de sus establecimientos”, señaló el titular de la Digesa, Edward Cruz Sánchez.
Sin embargo, lamentó que la mayoría de propietarios de estos locales desconozca e infrinja la referida ley. Recordó que el consumo de tabaco tiene consecuencias sanitarias, sociales, ambientales y económicas para la comunidad en general.
Peligro para la salud
“El cigarrillo contiene más de 4 mil 700 sustancias químicas, varias de ellas cancerígenas, entre las más perjudiciales está la nicotina, cuyo poder adictivo es superior entre seis a ocho veces al alcohol y a la heroína. Cifras mundiales señalan que al menos 10 mil personas mueren al año por enfermedades causadas por el humo de tabaco”, alertó.
Cruz Sánchez también precisó que el Decreto Supremo N° 001-2011-SA persigue resguardar, especialmente, la salud de las personas que no fuman y que hacen uso de espacios públicos cerrados o vehículos de transporte público.
“El Perú está adecuando su normativa al documento que suscribió en 2003, promovido por la Organización Mundial de la Salud (OMS), que es el primer acuerdo mundial sobre salud pública y el primer instrumento jurídico diseñado para reducir las muertes y enfermedades relacionadas con el tabaco a nivel mundial”, refirió Cruz Sánchez.
Refirió que durante las inspecciones desarrolladas en conjunto con el Ministerio Público, se pudo observar a personas fumando, así como mesas y barras con ceniceros, incluso la venta de cigarros; y la falta de señalización respectiva.
Sanciones
Cruz Sánchez advirtió que los propietarios o representantes de los locales públicos en cuyas instalaciones se permita fumar o se detecte olor a humo de tabaco, serán sancionados con multas de entre media y una Unidad Impositiva Tributaria (UIT), equivalente a 3 mil 600 nuevos soles.
“También será objeto de multa la comercialización de tabaco al interior de los lugares públicos, lo que está penado con un máximo de 18 mil nuevos soles (5 UIT) y el cierre temporal o suspensión de la licencia”, recordó el director de Digesa del Ministerio de Salud (Minsa).
En tanto, la comercialización de cajetillas que contengan menos de diez unidades de cigarros y la venta al menudeo tiene una multa máxima de 28 mil 800 nuevos soles (8 UIT); y la venta de productos de tabaco a menores de edad llega a los 36 mil nuevos soles (10 UIT) como sanción.