La creación de un Registro de Arrendatarios Morosos, público y gratuito, propuesta por un proyecto de ley aprobado por el Congreso, permitirá formalizar los alquileres de inmuebles y se evitará perjuicios a los propietarios por falta de pago de sus inquilinos, señaló hoy la Asociación Peruana de Consumidores y Usuarios (Aspec).
Crisólogo Cáceres, presidente de Aspec, destacó que un registro siempre es útil porque brinda información y siempre es bueno saber con quién se está contratando. «Este instrumento contribuye a fomentar la cultura del cumplimiento de obligaciones y darle un mínimo de seguridad y confianza a las personas que desean alquilar su propiedad», manifestó.
En diálogo con Andina, el especialista en derechos del consumidor consideró que si bien este aspecto de la norma es positivo, debería analizarse con mayor cuidado el referido al desalojo de los inquilinos deudores luego de 15 días de ocurrido el vencimiento del plazo del contrato de alquiler.
Indicó que esta medida, respaldada por una cláusula de «allanamiento voluntario» consignada en el contrato de arrendamiento, se puede prestar a abusos por parte del propietario del predio, dado que el proyecto de ley solo pone la lupa sobre el inquilino.
«Pueden darse casos en los que el inquilino este al día en el pago de su alquiler, pero por falta de entrega de un comprobante que certifique ese abono de dinero, no habría cómo acreditarlo y el propietario podría valerse de ese vacío documentario para exigir el desalojo de su inmueble», expresó.
Derechos y obligaciones
En ese sentido, Cáceres sostuvo que se tiene que buscar un nivel de formalización en los propietarios, al establecerse la obligación de entregar un comprobante estandarizado que reconozca el pago hecho por el inquilino, quien deberá también exigir dicho documento.
Otro punto importante que debe definirse en el proyecto de ley -que ha sido remitido al Ejecutivo para su promulgación – o, en todo caso, en el reglamento que deberá elaborar el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, es el procedimiento en la ejecución de los desalojos.
Recordó que actualmente corresponde a los Juzgados de Paz la emisión de las órdenes de desalojo, pero ello suele demorar mucho tiempo. «Habría que ver qué medidas se dispondrán para que el Poder Judicial acelere los procedimientos y la ley tenga el efecto esperado», anotó.
El titular de Aspec afirmó que sería importante que el Poder Judicial disponga la creación de juzgados especializados, tal como lo hizo con los juzgados comerciales o de tránsito, para atender exclusivamente los casos de desalojo teniendo en cuenta la gran cantidad de denuncias por alquileres impagos e inquilinos morosos que se conocen a través de los medios de comunicación.
Agregó que el reglamento debería contemplar la posibilidad de consignar los contratos de arrendamiento en los Registros Públicos, a fin de tener una mayor seguridad de su cumplimiento por parte del propietario y del inquilino.
También podría precisarse cómo el inquilino puede actuar en caso el predio que arrienda presente desperfectos o daños no informados previamente por el propietario. Podría, por ejemplo, descontar de la garantía o del monto de arrendamiento los gastos que el inquilino debe hacer para habitar un inmueble en condiciones como las ofrecidas por el dueño, dijo finalmente.
vía Aspec: registro de inquilinos morosos formalizará alquiler de inmuebles.