Los países miembros de la Comunidad Andina (CAN) aprobaron siete nuevas normas comunitarias, dirigidas a facilitar y dinamizar el comercio y proteger la sanidad agropecuaria, informó este bloque subregional.
Estas normas fueron aprobadas por los representantes titulares de los países miembros ante la Comisión de la CAN, en la 110 sesión ordinaria de este organismo integrado por los ministros de Comercio Exterior.
La reunión de la Comisión de la CAN, celebrada en la víspera (lunes) en Lima, fue encabezada por el viceministro de Comercio Exterior e Integración de Ecuador, Francisco Rivadeneira, y participaron los viceministros Pablo Guzmán de Bolivia, Gabriel Duque de Colombia, Carlos Posada de Perú, así como el secretario general de la CAN, Santiago Cembrano, y representantes del Tribunal Andino de Justicia y del Organismo Andino de Salud.
En la reunión los titulares de Comercio aprobaron la Decisión 798, que declara la alerta fisosanitaria subregional por la enfermedad de los cítricos Huanglongbing, conocida también como “enverdecimiento de los cítricos”.
También encargan a la Secretaría General y al Comité Técnico Andino de Sanidad Agropecuaria el desarrollo y la implementación a la brevedad posible de un Plan de Contingencia Comunitario, que permita prepararse a los países miembros de manera integrada para reducir el riesgo de ingreso de esta enfermedad, considerada como la más catastrófica de los últimos años.
Por medio de la Decisión 782 acuerdan además establecer un programa de armonización de Estadísticas y Cuentas Satélite de la Cultura, que permitirá medir, mediante un modelo homogenizado, los aportes realizados por el sector cultural a la economía nacional y regional, y disponer de instrumentos que contribuyan a la toma de decisiones y la evaluación de las políticas culturales subregionales.
Asimismo, mediante la Decisión 783 otorgan un plazo de un año a las empresas que comercializan productos cosméticos, de higiene doméstica y absorbentes de higiene personal, para retirar del mercado existencias de productos cuya Notificación Sanitaria Obligatoria ha terminado su vigencia o éstas se hayan modificado y aún existan productos en el mercado, siempre que los productos no tengan observaciones respecto a su calidad o seguridad sanitaria.
Explicó que ello facilitará a las autoridades su labor de control y vigilancia y reducirá los costos de distribución de los productos cosméticos e higiénicos, al evitar desechar las existencias de etiquetas, envases, empaques.
Por medio de la Decisión 785 se amplía el plazo para la revaluación de los plaguicidas químicos de uso agrícola, lo que permitirá a los países miembros proseguir con el proceso de revaluación de los plaguicidas químicos de uso agrícola que se había registrado antes de la entrada en vigencia de la Decisión 436 y sus modificatorias.
Esta ampliación del plazo, que vencía en junio del 2002, culminará en junio del 2019, a partir del cual todos los plaguicidas registrados estarán dentro de la normativa comunitaria vigente.
Igualmente, mediante la Decisión 780 se establecen las bases para el desarrollo de las estadísticas basadas en registros estadísticos en los países miembros de la CAN, fijando normas para la creación y actualización de un Sistema de Registros en los Sistemas Estadísticos Nacionales.
Durante la reunión, aprobaron el Presupuesto de la Secretaría General de la CAN para el año 2013 (Decisión 782) y la modificación de la Decisión sobre Armonización de legislaciones en materia de productos de higiene doméstica y productos absorbentes de higiene personal (Decisión 784).
vía Andinos adoptan medidas para dinamizar comercio y proteger sanidad agropecuaria.